Consejo-Información

La legítima Defensa en el Derecho Penal Costarricense

La violencia cuando no hay alternativa es supervivencia.

¿Cuándo se da la legítima defensa?
¿Qué exige la legítima defensa?

No comete delito el que obra en defensa de la persona o derechos, propios o ajenos, siempre que concurran las siguientes circunstancias.

A) Agresión.
B) Necesidad razonable de la defensa empleada para repeler o impedir la agresión.
C) Proporcionalidad de la defensa, o sea, que debe haber cierto equilibrio entre el tipo de agresión ilegítima con la fuerza o instrumentos que empleo para defenderme.
D) Que sea inevitable.
E) Que sea actual o en el momento mismo de la agresión ilegítima.